PREGUNTA # 3 DE LA BOLETA: “¿Deben enmendarse los estatutos de la ciudad de Johnson City, Tennessee, para permitir al administrador de la ciudad el derecho y el poder, además de todos los demás derechos y poderes, de hacer nombramientos temporales de empleados por un período que será determinado por el director del departamento correspondiente y aprobado por el administrador de la ciudad o su designado?”
Vote NO para proteger a los trabajadores de la ciudad
Esta propuesta cambia la Sección 45.11 de los Estatutos de la ciudad para eliminar las protecciones de los trabajadores de la ciudad, otorgando al Administrador de la Ciudad amplios poderes para hacer nombramientos temporales por un período de tiempo indefinido.
Si este referéndum se aprueba:
- El administrador de la ciudad tendrá la capacidad de contratar empleados municipales temporales “por un período por determinar”, en lugar de los 90 días que establecen nuestros Estatutos actuales.
La ciudad dice que deben hacer esto para reducir la carga administrativa de renovar los contratos temporales cada 90 días. Preguntamos: ¿Por qué es necesario hacer tantos nombramientos temporales que son una carga por la que vale la pena cambiar los Estatutos? Deberíamos mantener las protecciones de nuestros Estatutos para los trabajadores de la ciudad.
Vote NO a la pregunta # 3 de la boleta si cree que:
- Deberíamos sopesar cuidadosamente el lenguaje que agregamos a los Estatutos de nuestra ciudad y protegernos contra la posibilidad de futuros abusos del empleo temporal.
- Nuestra ciudad funciona mejor cuando los trabajadores municipales tienen una compensación decente y una voz en el trabajo.
Aquí veamos pormenores de las preocupaciones por la pregunta 3 de la boleta:
- El nombramiento excesivo de empleados temporales puede usarse para socavar los buenos empleos en nuestra región:
Las condiciones de trabajo en nuestro gobierno municipal deben reflejar nuestros objetivos de tener buenos empleos en nuestra región, pero la propuesta de la Comisión abre la puerta a eliminar la seguridad laboral de los trabajadores de la ciudad al permitir los temporales indefinidos. - Los trabajadores temporales tienen menos voz en el trabajo:
los trabajadores temporales son más vulnerables porque el administrador de la ciudad simplemente puede no renovar sus contratos. Esto hace que sea menos probable que los trabajadores temporales revelen si ven algo que podría dañar al público. - La Comisión Municipal de hoy no puede garantizar lo que hará la Comisión Municipal de mañana:
La Comisión Municipal dice que su intención es que este nuevo poder sólo se use de forma muy limitada. Sin embargo, otorgar al Administrador de la Ciudad “la capacidad de hacer nombramientos temporales de empleados por un período no determinado” no parece muy limitado.Lo que importa son las palabras que se agregarán a los Estatutos, no las intenciones de la Comisión Municipal actual. Incluso si la Comisión dice que estos cambios se utilizarán de una manera particular, debemos considerar cómo podrían usarse en realidad.
Una visión hacia el futuro
Un personal calificado y permanente es esencial para brindar servicios urbanos confiables.
La mejor manera de garantizar que los empleos en la ciudad sean buenos es que los trabajadores de la ciudad se organicen con sus compañeros de trabajo y formen un sindicato. Así como lo que importa para este referendo es lo que dicen las palabras en el papel, tener un contrato sindical por escrito es lo que importa cuando se trata de protecciones para los trabajadores de la ciudad. Si bien existen obstáculos para la negociación colectiva del sector público a nivel estatal, los comisionados municipales deberían defender los derechos de los trabajadores municipales.
Abordando los argumentos
La discusión pública de esta propuesta ocurrió durante su segunda lectura y está disponible aquí, a partir de la 1:17:30 aproximadamente. Contiene una serie de declaraciones notables de funcionarios de la ciudad.
Ellos dicen: El abuso del trabajo temporal no es un problema en el sector público
El subgerente municipal Steve Willis introduce el punto diciendo que la intención de esta propuesta no es reemplazar a los trabajadores permanentes con trabajadores temporales. Dice que las tasas de empleo temporal del sector público son más bajas que las del sector privado.
Si bien esto es cierto ahora, abrir la puerta a más empleo temporal lo haría menos cierto. Necesitamos alejarnos de los empleos temporales y acercarnos a buenos empleos permanentes. La pregunta # 3 en la boleta electoral nos lleva en la dirección equivocada.
Ellos dicen: Renovar puestos clave cada 90 días requiere demasiado tiempo
El principal ejemplo utilizado por el Sr. Willis es el de un funcionario del Departamento de Bomberos que se encuentra de baja médica prolongada. Si un oficial en particular está ausente, es necesario asignar a otra persona en ese puesto para que la jerarquía de mando funcione. ¿Con qué frecuencia se presenta esta situación? ¿Hay suficientes empleados municipales de alto rango que permanecen fuera durante más de 90 días como para que tengamos que hacer un cambio al respecto en los Estatutos?
Algo confuso sobre el ejemplo del Departamento de Bomberos proporcionado por el Subgerente Municipal Willis es que la propuesta de la Comisión Municipal cambiaría la Sección 45 de los Estatutos, , pero la Sección 165 de los Estatutos ya permite nombramientos temporales de oficiales de bomberos y policía por más de 90 días en el caso. de una emergencia. Parece que el ejemplo principal que utilizó el Sr. Willis no es aplicable. Quizás sea necesario reflexionar más sobre esta propuesta antes de agregarla a la Carta.
Por supuesto, si la Comisión Municipal o el Administrador de la Ciudad quisieran reemplazar los numerosos puestos básicos de trabajo de la ciudad con nombramientos temporales, podemos ver cómo permitirles hacer nombramientos temporales indefinidos reduciría parte de su carga de trabajo, al mismo tiempo, al reducir la calidad de los empleos en nuestra región.
Para proteger los buenos empleos, debemos analizar el panorama completo de lo que podría permitir la pregunta # 3 en la boleta electoral.
Dicen: Ya no tenemos que preocuparnos por las prácticas corruptas de contratación y despido
El comisionado Joe Wise sugiere (alrededor de la 1:32:00) que “esta idea particular [de tener un límite de 90 días para los nombramientos tempo- rales] es una reliquia de cuando se redactaron los Estatutos, para hacer frente a los cambios políticos, el nepotismo, las contrataciones políticas y este tipo de cosas”. El Sr. Wise parece estar sugiriendo que la corrupción y la mala conducta de alguna manera ya no son una tentación para quienes están en el poder.
Mientras la ciudad de Johnson City está siendo demandada por presunta mala conducta por parte del Departamento de Policía de Johnson City y funcionarios de la ciudad, ¿realmente se puede esperar que creamos eso?